Recibos de sueldo tras la Modernización: un gráfico mostrará la composición del costo laboral total
Modelo de recibo de sueldo. Decreto 407, Reforma Laboral.
Los nuevos recibos de sueldo mostrarán en forma detallada datos de empleador y trabajador, contribuciones con sus bases de cálculo y distribución de aportes, con un gráfico incluido para mayor comprensión.
A partir de la publicación del decreto 407/26 que reglamenta la Ley 27.802 de Modernización Laboral, cambió la forma en que deben confeccionarse los recibos de haberes.
Los empleadores, contadores y proveedores de software tienen como plazo de adaptación 120 días a partir de la publicación de la norma. Por lo tanto, los nuevos recibos deben comenzar a entregarse a partir del 29 de septiembre.
En Entre Ríos, varias empresas y entidades ya adaptaron sus sistemas, y otras lo implementarán a partir de agosto.
Consultado por Página Gremial, un profesional de Ciencias Económicas explicó que la única diferencia notable es el gráfico -tipo torta- que permite una visualización detallada de las contribuciones patronales.

Componentes del nuevo recibo
Entre otros ítem «el recibo mostrará cuánto se paga, lo que se descuenta y cómo se distribuyen los aportes asociados a cada relación laboral. Cada rubro mostrará el porcentaje sobre el total, con el objetivo de que la composición del costo se entienda a golpe de vista».
El modelo oficial establece una estructura obligatoria dividida en cuatro bloques. En primer lugar, los datos del empleador y del trabajador, con información como CUIT, CUIL, fecha de ingreso, antigüedad y categoría.
Luego se detallan las contribuciones y conceptos abonados. La tercera sección se destinará al salario bruto y a las deducciones aplicadas, mientras que una cuarta parte informará el salario neto que percibe el trabajador.
Cada concepto deberá incluir su base de cálculo, la unidad de medida y el monto correspondiente. Cuando existan sumas globales aplicadas a más de un trabajador, deberán distribuirse proporcionalmente y reflejarse en cada recibo individual.
Conceptos que debe mostrar el recibo
1. Datos identificatorios del empleador y del trabajador
Este bloque incluye:
• Razón social.
• CUIT.
• Domicilio fiscal.
• Datos registrales.
• Nombre completo del trabajador.
• CUIL.
• Categoría laboral.
• Convenio colectivo aplicable.
• Fecha de ingreso.
• Antigüedad.
El objetivo es que toda la información básica de la relación laboral quede claramente identificada.
2. Contribuciones patronales y costo laboral
Este es el cambio más novedoso del nuevo formato del recibo de sueldo ya que por primera vez, se incorporará información específica de contribuciones patronales y otros componentes que hacen al costo laboral.
Este bloque concentra los conceptos a cargo del empleador, entre ellos:
Contribuciones a la seguridad social.
Obra social.
INSSJP (PAMI).
ART (riesgos del trabajo).
Aportes a cámaras o entidades empresariales y conceptos sindicales.
Otros componentes que integran el costo laboral.
Cada concepto debe consignarse con su base de cálculo, su unidad de medida y el monto resultante. Y si hay sumas globales que abarcan a varios trabajadores, el empleador debe prorratearlas y reflejarlas en cada recibo individual.
3. Total remuneracion bruta y deducciones
Aquí se informarán todos los conceptos que integran la liquidación:
• Sueldo básico.
• Horas extras.
• Comisiones.
• Presentismo.
• Bonificaciones.
• Viáticos.
• Conceptos no remunerativos.
• Adicionales convencionales.
La discriminación detallada permitirá una mayor comprensión del salario bruto.
Luego el recibo debe mostrar cada deducción aplicada al trabajador
Entre éstas:
• Jubilación.
• Obra social.
• PAMI.
• Cuotas sindicales.
• Embargos.
• Impuesto a las Ganancias.
• Otros descuentos autorizados.
4. Remuneración Neta:
Aquí se informará el monto final cobrado por el empleado luego de las deducciones.
Dificultades y simplificaciones de la implementación
- Entre las objeciones que se realizaron al cambio, figura la dificultad que tendrán aquellos empleadores que no cuentan con sistemas digitales avanzados y que utilizan planillas Excel.
- Por otro lado, se plantean dudas sobre la base de cálculo y qué ítems quedan excluídos según sea el trabajador afiliado a un gremio, o no.
- En tanto, entre las simplificaciones, se remarca la eliminación de pasos administrativos como asientos en libros rubricados en los que, hasta ahora, se volcaban los recibos de sueldos, simplificando la tarea de liquidación de haberes.

Motivaciones
En los considerandos del decreto se hace hincapié en una motivación informativa y educativa sobre las erogaciones o descuentos, tanto los que asume el empleador como los que afronta el trabajador.
Según la norma, se procura mejorar la claridad y comprensión de la información, fortaleciendo la transparencia respecto del costo laboral total que abona el empleador, los conceptos involucrados en la relación de trabajo y cuánto percibe finalmente el trabajador.
En el proyecto original de Reforma Laboral, se había suprimido la cuota de los trabajadores no sindicalizados a las entidades que negocian las paritarias, y lo dejaban librado a la voluntad expresa del trabajador.
Luego, en la negociación con las centrales obreras, el Gobierno restituyó el porcentaje aunque le puso un tope del 2% al descuento. Así limitó el monto total de las cargas económicas impuestas por convenios colectivos, estableciendo que “la fragmentación de conceptos no podrá utilizarse para exceder los topes legales”.
Hay quienes vieron en este matiz, la forma con que el Gobierno pretendió evidenciar “lo que le cuesta al trabajador mantener su sindicato”. En ese sentido, el abogado laboralista Matías Cremonte, afirmó a FM Espacios que “no ve en el Gobierno una intención loable hacia el trabajador sino una forma de debilitar al sindicalismo”.
El letrado, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, expresó que “la medida que limita el aporte va de la mano de la intención del Gobierno nacional de ponerle un techo a las paritarias”.
Redacción Página Gremial