Queda firme la cautelar que obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
Si bien el fallo no tendrá efectos económicos inmediatos por un acuerdo alcanzado previamente, representa un respaldo implícito a la ley que el Gobierno había vetado y el Congreso insistió en sancionar.
Con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible, por falta de sentencia definitiva, el recurso presentado por el Poder Ejecutivo y dejó firme la medida cautelar que ordena actualizar los salarios de docentes y no docentes universitarios y recomponer los programas destinados a estudiantes, conforme a la Ley de Financiamiento Universitario.
En concreto, la decisión obliga al Estado nacional a cumplir los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795.
El recorrido judicial
El Gobierno nacional vetó la Ley de Financiamiento Universitario, pero el Congreso insistió en su sanción y la norma fue finalmente promulgada. Posteriormente, el Ejecutivo condicionó su aplicación a la definición de fuentes específicas de financiamiento mediante el decreto 759/2025, lo que motivó un amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y distintas universidades.
A partir de esa presentación, la Justicia ordenó la aplicación inmediata de los artículos referidos a salarios y programas estudiantiles. La Cámara confirmó esa decisión al considerar que el incumplimiento podía afectar el derecho a enseñar y aprender.
Si bien el pronunciamiento de la Corte tiene un fuerte peso institucional, sus efectos económicos inmediatos son acotados. El 10 de junio, el Gobierno acordó con el Consejo Interuniversitario Nacional y los gremios docentes y no docentes un incremento del 24,33% de la masa salarial, una actualización del 20% para gastos de funcionamiento, mayores partidas para hospitales universitarios y un aumento del 50% de las Becas Manuela Belgrano. Además, las partes pasaron a un cuarto intermedio hasta el 15 de septiembre para continuar la negociación salarial.
La cautelar que ahora quedó firme no abarca la totalidad de la ley: quedaron excluidas la recomposición presupuestaria de 2024 y 2025 y otras partidas destinadas a programas de asistencia. Aun así, el fallo constituye un respaldo implícito a la constitucionalidad de la norma.
En paralelo, continúa tramitándose el expediente sobre la cuestión de fondo, que busca determinar la constitucionalidad del decreto 759/2025.
Redacción Página Gremial