La reforma laboral seguirá vigente mientras la Justicia define si es constitucional
Dictamen rechazó la cautelar de la CGT al considerar que la central obrera no logró demostrar un perjuicio irreversible y que la complejidad del caso excede el ámbito de una medida precautoria. Ahora la Justicia deberá resolver si la reforma laboral es constitucional o no.
La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó este martes el fallo que había dejado sin efecto la suspensión de 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral, al rechazar la apelación presentada por la CGT contra esa decisión.
Los jueces Rogelio Vicenti y Jorge Morán consideraron que la central obrera no logró demostrar la existencia de un perjuicio irreversible que justificara mantener la medida cautelar y coincidieron en que la complejidad del planteo requiere un análisis de fondo, que deberá resolverse en la sentencia definitiva.
De este modo, la norma seguirá aplicándose mientras la jueza Macarena Marra Giménez decide sobre la cuestión central del expediente: si la reforma laboral es o no constitucional.
Trayecto judicial
El conflicto judicial comenzó en marzo, cuando el juez laboral Raúl Ojeda había suspendido mediante una medida cautelar el núcleo de la reforma laboral, incluyendo artículos vinculados con antigüedad, subcontratación, despidos, vacaciones, período de prueba y banco de horas, entre otros aspectos de la legislación laboral.
Sin embargo, el Gobierno apeló esa resolución y logró primero que la Cámara Nacional del Trabajo revocara la suspensión y luego que el expediente pasara al fuero Contencioso Administrativo Federal. Ya en ese ámbito, la jueza Marra Giménez dejó sin efecto la cautelar al considerar que el planteo de la CGT excedía el alcance de una medida precautoria.
“Dada su complejidad y extensión, el planteo requiere un examen profundo sobre los derechos involucrados, que no puede ser merituado a título cautelar”, sostuvo la magistrada en aquella resolución.
La CGT apeló esa decisión, pero ahora la Cámara confirmó el criterio de la jueza.
Qué dice el fallo de la Cámara
En el fallo, los camaristas señalaron que la central obrera “no pretende conservar el estado de cosas, cuya modificación podría tornar infructuosa la sentencia, sino que pide un anticipo de ésta última porque su tardanza le ocasionaría daños irreversibles” a los trabajadores que representa.
Además, sostuvieron que “tampoco se advierte la configuración de un perjuicio en cabeza de la parte actora y de la clase a quien representa, que revista una magnitud y probabilidad de ocurrencia que justifique la alteración del orden normal del pleito”.
Durante la tramitación del recurso, la posición del Gobierno recibió el respaldo de la Unión Industrial Argentina (UIA) y de la Sociedad Rural Argentina (SRA), que solicitaron rechazar la apelación al entender que la CGT pretendía obtener, a través de una cautelar, un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del litigio.
Con esta resolución, el expediente queda ahora en condiciones de avanzar hacia la definición de la cuestión de fondo. Será la jueza Marra Giménez quien deberá determinar si los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral se ajustan o no a la Constitución Nacional. Hasta que exista ese pronunciamiento, la reforma continuará plenamente vigente.
Tras conocerse el fallo, el Gobierno nacional celebró la decisión y afirmó que la implementación de la ley «resulta una herramienta fundamental para la creación de empleo formal, la mejora de la competitividad y el fortalecimiento de la seguridad jurídica de los trabajadores y empleadores».
Redacción Página Gremial