Camioneros cerró la paritaria 2026-2027: aumentos mensuales, bono de $1.200.000 y suma fija de $18.000
La Federación conducida por Hugo Moyano acordó con las cámaras patronales el esquema salarial para los trabajadores del CCT 40/89 hasta febrero de 2027. El entendimiento incluye recomposiciones al básico, un bono en cuatro cuotas, mejoras sectoriales y dos cláusulas de revisión.
La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros, bajo la conducción de Hugo Moyano, alcanzó un nuevo acuerdo paritario con las cámaras empresariales del sector: la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (FAETYL) y la Federación de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC).
El convenio fijó el marco salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 40/89 para el período que va desde septiembre de 2026 hasta febrero de 2027.
El esquema convenido por el gremio combina subas graduadas en los sueldos básicos, la incorporación de sumas fijas, un bono de fin de año de $1.200.000, incrementos en la contribución a la obra social y mecanismos de revisión para evaluar el avance de la inflación.
Escala salarial: básico para chofer de primera
El acta suscrita establece una actualización mes a mes para las distintas categorías laborales. En el caso del Chofer de Primera, considerado la categoría de referencia del convenio, el sueldo básico evoluciona del siguiente modo:
- Septiembre de 2026: $1.095.276,83
- Octubre de 2026: $1.126.149,40
- Noviembre de 2026: $1.145.293,94
- Diciembre de 2026: $1.163.618,64
- Enero de 2027: $1.182.236,54
- Febrero de 2027: $1.199.970,09
Estos valores corresponden a los salarios básicos convencionales, a los que se añaden los adicionales estipulados para cada rama y zona de desempeño.
Sumas no remunerativas y pases al básico
El paquete acordado integra diversos componentes adicionales al sueldo básico:
- Suma fija de septiembre: Con el cobro de los haberes correspondientes a septiembre de 2026, los trabajadores perciben una asignación no remunerativa de $18.000.
- Pase al salario básico en octubre: A partir de octubre de 2026, se incorpora al sueldo básico de la categoría Chofer de Primera un monto de $12.252,86, aplicándose de manera proporcional en el resto de los escalafones. Esta medida explica por qué el salto entre el básico de septiembre y octubre supera la pauta porcentual del mes.
- Bono extraordinario de $1.200.000: Se dispuso el pago de una asignación extraordinaria no remunerativa de $1.200.000, que se liquidará en cuatro cuotas iguales y consecutivas de $300.000 junto a los salarios de enero, febrero, marzo y abril de 2027.

Adicionales para Caudales, Residuos y Obra Social
El entendimiento contempla beneficios específicos para ramas operativas particulares:
- Rama Caudales: Se aplica un incremento del 10% en el ítem comida y un 10% adicional en el viático especial, vigentes desde septiembre de 2026. Además, se incluyen incentivos por presentismo y puntualidad.
- Residuos Patológicos e Industriales Especiales: Se fija un adicional del 8% del sueldo básico para los peones especializados que cumplan funciones como acompañantes de chofer, acompañado también por un régimen de premios por puntualidad y asistencia.
- Aporte a la Obra Social: La contribución patronal para las obras sociales de Camioneros se elevó a $29.000 mensuales por cada trabajador, vigencia que se extiende de septiembre de 2026 a febrero de 2027, con compromiso de revisión posterior.
Revisión paritaria
Para evitar el deterioro del poder adquisitivo ante variaciones en el escenario económico general, el acuerdo incluye dos etapas de monitoreo:
- Primera revisión (diciembre de 2026): Se llevará a cabo durante la primera quincena de diciembre. Si se constata una pérdida salarial, las partes evaluarán el otorgamiento de una suma no remunerativa para compensar el desfasaje.
- Segunda revisión (marzo de 2027): Programada para la primera quincena de marzo de 2027, tendrá por objeto examinar la marcha de los salarios durante el trimestre diciembre 2026 – febrero 2027 y definir la pauta posterior.
Asimismo, el convenio contempla una cláusula de resguardo frente a eventuales normativas o incrementos que disponga el Estado nacional durante el período comprendido.