ARCA reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER)
La Medida publicada por ARCA incluye condonación de hasta el 90% de las deudas de empleadores por aportes patronales. La fecha límite para adherir es el 28 de noviembre de 2026. Habrá planes de pago de hasta 72 cuotas al 1% mensual.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentado un nuevo Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), a través de la Resolución General 5862/2026, y en el marco de la Modernización Laboral.
El argumento del Gobierno es que la medida «incentiva la formalización de trabajadores en el sector privado y otorga beneficios fiscales significativos a los emplñeadores, incluyendo la condonación de hasta el 90% de las deudas por aportes patronales y el perdón total de ciertos seguros obligatorios.
Asìmismo se señala que el programa «busca reducir la informalidad laboral y brindar alivio económico a las empresas que decidan normalizar su situación previsional».
Plazos y planes de pago flexibles
Los empleadores interesados tendràn plazos y planes de pago flexibles de hasta 72 cuotas con tasas de interés preferenciales del 1% mensual.
La gestión deberá realizarse digitalmente a través de las plataformas de Simplificación Registral y el sistema «Mis Facilidades» en el sitio web oficial del organismo.

Detalles del Régimen de Promoción de Empleo Registrado
Objetivos
La medida busca incentivar la registración de trabajadores no registrados o con deficiencias en su registración. Aplica a vínculos laborales del sector privado iniciados hasta el 5 de marzo de 2026 que estén vigentes al momento de la adhesión.
Plazos de Adhesión
Los empleadores tienen tiempo hasta el 28 de noviembre de 2026 para inscribirse en el régimen. Se pueden incluir deudas por obligaciones vencidas hasta el período de octubre de 2026.
Condonación de Deudas (Seguridad Social y Obra Social) Se condona la totalidad de la deuda destinada al Sistema Nacional del Seguro de Salud (FSR), Riesgos del Trabajo (ART) y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO).
Se establecen quitas significativas sobre las deudas por aportes y contribuciones:
- 90% para micro y pequeñas empresas, así como entidades sin fines de lucro.
- 80% para medianas empresas.
- 70% para el resto de los empleadores
- 100% Se condona la totalidad de la deuda destinada al Sistema Nacional del Seguro de Salud (FSR), Riesgos del Trabajo (ART) y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO).
Planes de pago
Para el saldo de deuda no condonado, se habilita un plan de financiación con una tasa preferencial del 1% mensual. Las condiciones varían según el tipo de contribuyente:
- Micro, pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro: Hasta 72 cuotas con un pago a cuenta del 3%.
- Medianas empresas (Tramo 1 y 2): Hasta 48 cuotas con un pago a cuenta del 4%.
- Demás empleadores: Hasta 36 cuotas con un pago a cuenta del 5%.
- El monto mínimo de la cuota se fijó en $50.000
Registro
Para acceder a los beneficios, los empleadores deben registrar las relaciones laborales mediante el servicio con clave fiscal «Simplificación Registral» e incluirlas en las declaraciones juradas de seguridad social.
Sistemas Informáticos: La gestión del plan de pagos se realizará a través del servicio «Mis Facilidades» en la web de ARCA, y todos los sistemas estarán operativos a partir del 16 de junio.
Fuente: ARCA